Según la real Academia perito es “sabio, experimentado, hábil, práctico en una ciencia o arte; Persona que de alguna materia tiene título de tal, conferido por el Estado; Persona que poseyendo especiales conocimientos teóricos o prácticos, informa bajo juramento al juzgado sobre puntos litigiosos en cuanto se relacionan con su especial saber o experiencia”.
El perito, jurídicamente hablando, es un experto en una materia que elabora un informe o dictamen cuya finalidad es demostrar una cuestión, generalmente discutida, en un procedimiento judicial. Su función es la de auxiliar al juez en aquellas materias que por su especialidad precisan de conocimientos, científicos, artísticos, técnicos o prácticos, de los que en principio, carece el juzgador.
Un Informe Pericial, debe seguir un método que permita llegar a una conclusión razonada y razonable de cómo o por qué se ha producido un determinado evento y basado en ese conocimiento especifico, sea científico, técnico, artístico o practico.
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